Decreto núm. 699-2024¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 699
- Año: 2024
- Título detectado: que autoriza al capitán de navío Miguel Ángel Mariñez Comprés, ARD, (DEMN), para que pueda aceptar y usar varias condecoraciones extranjeras. G. O. No. 11182 del 31 de diciembre de 2024
- Fecha: 17/12/2024
- Gaceta oficial: 11182
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 699-24 que autoriza al capitán de navío Miguel Ángel Mariñez Comprés, ARD, (DEMN), para que pueda aceptar y usar varias condecoraciones extranjeras. G. O. No. 11182 del 31 de diciembre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 699-24
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros, y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.
VISTO: El oficio núm. 39692, del 16 de septiembre de 2024, del teniente general Carlos Antonio Fernández Onofre, ERD, ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República.
VISTO: El oficio núm. 1010, del 17 de septiembre de 2024, del mayor general Jimmy Arias Grullón, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial.
Página 2 del PDF¶
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Se autoriza al capitán de navío Miguel Ángel Maríñez Comprés, ARD, (DEMN), para que pueda aceptar y usar las condecoraciones siguientes: "Medalla de la Junta Interamericana de Defensa", con grado de distinción de estrella dorada; "Honories Award of Excellence", "Orden al Mérito de la Excelencia Académica", y "Joint Service Commendation Medal", las cuales fueron otorgadas por el Colegio Interamericano de Defensa, la Junta Interamericana de Defensa y el Comando Sur de los Estados Unidos de América, respectivamente.
ARTICULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.