Decreto núm. 692-2024¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 692
- Año: 2024
- Título detectado: que autoriza al señor Julio César George Encarnación, para que pueda aceptar y usar la Condecoración “José Matías Delgado” en el Grado Gran Cruz Placa de Plata, otorgada por el Gobierno de la República de El Salvador. G. O. No. 11179 del 17 de diciembre de 2024
- Fecha: 13/12/2024
- Gaceta oficial: 11179
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3402889&managementType=1
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Texto¶
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Dec. núm. 692-24 que autoriza al señor Julio César George Encarnación, para que pueda aceptar y usar la Condecoración “José Matías Delgado” en el Grado Gran Cruz Placa de Plata, otorgada por el Gobierno de la República de El Salvador. G. O. No. 11179 del 17 de diciembre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO : 692-24
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
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VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros, y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.
VISTA: La nota núm. DGPO/HH/No.136, del 19 de noviembre de 2024, de Antonia Luisa González, subdirectora general de Protocolo y Órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador.
VISTO: El memorándum núm. DCEP-43969, del 21 de noviembre de 2024, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza a Julio Cesar George Encarnación, para que pueda aceptar y usar la condecoración “José Matías Delgado” en el Grado Gran Cruz Placa de Plata, otorgada por el Gobierno de la República de El Salvador.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
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