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Decreto núm. 657-2024

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Dec. núm. 657-24 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero, al doctor en derecho Francisco Holguín Haché. G. O. No. 11174 del 2 de diciembre de 2024.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 657-24

CONSIDERANDO: Que a Francisco Holguín Haché, destacado humanista, abogado y académico dominicano, se le reconoce por sus importantes aportes a favor de la educación superior a nivel nacional e internacional, con el objetivo de alcanzar la excelencia y el engrandecimiento de la República Dominicana.

CONSIDERANDO: Que el doctor Holguín Haché, ha dedicado sesenta años de su vida a la labor académica de manera desinteresada y honorífica, desempeñando diferentes cargos en la Universidad APEC, como profesor, decano académico, director, secretario, tesorero, vicepresidente, presidente de la Junta de Directores y rector de la misma universidad, en varios periodos.

CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano reconoce los aportes realizados por el doctor Holguín Haché, los cuales le hacen merecedor de que le sea concedida la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”.

OIDO: El parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero al doctor en derecho Francisco Holguín Haché.

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ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.