Decreto núm. 623-2024¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 623
- Año: 2024
- Título detectado: que autoriza al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros, a vender a la Constructora Luba, S.R.L., una porción de terreno ubicada en el sector Rincón Largo, municipio Santiago de los Caballeros. Modifica el artículo 9 del Decreto núm. 281-22. Autoriza a dicho ayuntamiento a vender un solar a la Cooperativa La Altagracia., Inc. G. O. No. 11171 del 1 de noviembre de 2024
- Fecha: 29/10/2024
- Gaceta oficial: 11171
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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4edd9663d33ece64c94334aa1894a064b4684c1d0f91085b5d7d68684b234113 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. núm. 623-24 que autoriza al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros, a vender a la Constructora Luba, S.R.L., una porción de terreno ubicada en el sector Rincón Largo, municipio Santiago de los Caballeros. Modifica el artículo 9 del Decreto núm. 281-22. Autoriza a dicho ayuntamiento a vender un solar a la Cooperativa La Altagracia., Inc. G. O. No. 11171 del 1 de noviembre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 623-24
VISTO: La Constitución de la República, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional.
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios.
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VISTA: La certificación del secretario del consejo municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 17 de mayo de 2024, del acta núm. 09-24 del 14 de mayo de 2024.
VISTA: La certificación del secretario del consejo municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 24 de mayo de 2023 y del acta núm. 10-23, del 23 de mayo de 2023, que aprueba la corrección del artículo 9 del Decreto núm. 281-22, del 30 de mayo de 2022.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a la Constructora Luba, S. R. L., debidamente representada por Luis Arturo Hidalgo Muñoz, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 031-0469369-6, por la suma de tres millones ciento setenta y dos mil cincuenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$3,172,050.00), el solar municipal núm. 16-A-1, manzana municipal núm. 2, dentro de la parcela núm. 7-C-7-B-2, D.C. núm. 08, con una extensión superficial de trescientos treinta y tres punto noventa metros cuadrados (333.90 m2), ubicado en el sector Rincón Largo, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
- Al norte, solar municipal núm. 16-A-2. 2. Al sur, Play Rincón Largo. 3. Al este, solares municipales núms. 9 y 10. 4. Al oeste, solares municipales núms. 15 y 16.
Artículo 2. Queda modificado el artículo 9 del Decreto núm. 281-22, del 31 de mayo de 2022, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente:
‟Artículo 9. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a la Cooperativa La Altagracia, Inc., representada por Rafael Narciso Vargas Rodríguez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 031-0041974-0, por la suma de ciento un mil seiscientos setenta y dos pesos dominicanos con 00/100 (RD$101,672.00), el solar municipal núm. 167, manzana núm. 10, correspondiente a la parcela catastral núm. 1-C-1, porción D, D. C. núm. 1, con una extensión superficial de ciento veintisiete punto noventa y tres metros cuadrados (127.93 m2), ubicado en el sector El Ejido, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con los siguientes linderos:
- Al norte, solar municipal núm. 168. 2. Al sur, calle núm. 2. 3. Al este, calle núm. 9. 4. Al oeste, calle núm. 11.
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Artículo 3. Envíese al Ayuntamiento del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a la Liga Municipal Dominicana (LMD), al Registrador de Títulos de Santiago y al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.