Decreto núm. 600-2024¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 600
- Año: 2024
- Título detectado: que designa a los señores Ada Francisca de Asís Hernández Rivera, Manuel Eugenio Félix Matos, Larissa Caridad Veloz Santana, Iván Emilio de Jesús Ogando Lora y Mario Arvelo Caamaño, embajadores representantes permanentes y alternos de nuestro país, ante varias organizaciones internacionales y en el servicio interno del ministerio de Relaciones Exteriores. Deroga los decretos que nombraron dicho personal ante esas organizaciones. Deroga además el Decreto núm. 221-13, que nombró un ministro consejero encargado de Asuntos Consulares de nuestra embajada en la República de Argentina. G. O. No. 11171 del 1 de noviembre de 2024
- Fecha: 21/10/2024
- Gaceta oficial: 11171
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 600-24 que designa a los señores Ada Francisca de Asís Hernández Rivera, Manuel Eugenio Félix Matos, Larissa Caridad Veloz Santana, Iván Emilio de Jesús Ogando Lora y Mario Arvelo Caamaño, embajadores representantes permanentes y alternos de nuestro país, ante varias organizaciones internacionales y en el servicio interno del ministerio de Relaciones Exteriores. Deroga los decretos que nombraron dicho personal ante esas organizaciones. Deroga además el Decreto núm. 221-13, que nombró un ministro consejero encargado de Asuntos Consulares de nuestra embajada en la República de Argentina. G. O. No. 11171 del 1 de noviembre de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 600-24
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Ada Francisca de Asís Hernández Rivera, queda designada embajadora, representante permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), Programa Mundial de Alimentos (PMA) y Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola (FIDA), en sustitución del señor Mario Arvelo Caamaño.
ARTÍCULO 2. Manuel Eugenio Félix Matos, queda designado embajador, representante permanente alterno de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en sustitución de la señora Ada Francisca de Asís Hernández Rivera.
ARTÍCULO 3. Larissa Caridad Veloz Santana, queda designada embajadora, representante permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en sustitución del señor Andrés Luciano Mateo Martínez.
ARTÍCULO 4. Iván Emilio de Jesús Ogando Lora, queda designado embajador, representante permanente de la República Dominicana ante los siguientes organismos de la Organización de las Naciones Unidas con sede en Ginebra, Suiza: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR), Instituto de Investigaciones de las Naciones Unidas para el Desarrollo Social (UNRISD), Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Organización Internacional del Trabajo (OIT), Organización Mundial de la Salud (OMS), Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el Sida (ONUSIDA), Organización Meteorológica Mundial (OMM), Instituto de las Naciones Unidas de
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Investigación sobre Desarme (UNIDIR) y la Comisión de Indemnización de las Naciones Unidas (UNCC), en sustitución del señor Héctor Virgilio Alcántara.
ARTÍCULO 5. Mario Arvelo Caamaño, queda designado embajador en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 6. Se deroga el Decreto núm. 48-21, del 29 de enero de 2021, que designó a Ada Francisca Hernández Rivera, embajadora, representante permanente alterna de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
ARTÍCULO 7. Se derogan el Decreto núm. 1041-04, del 28 de agosto de 2004 y el artículo 8 del Decreto núm. 1-09, del 7 de enero de 2009, que designaron a Mario Arvelo Caamaño, embajador, representante permanente de la República Dominicana ante los organismos internacionales con sede en Roma, Italia: Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), Programa Mundial de Alimentos (PMA) y Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola (FIDA).
ARTÍCULO 8. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 363-20, del 19 de agosto de 2020, que designó a Andrés Luciano Mateo Martínez, embajador, representante permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
ARTÍCULO 9. Se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 16-22, del 12 de enero de 2022, que designó a Héctor Virgilio Alcántara, embajador, representante permanente de la República Dominicana ante distintos organismos de la Organización de las Naciones Unidas con sede en Ginebra, Suiza.
ARTÍCULO 10. Se derogan el artículo 3 del Decreto núm. 597-20, del 2 de noviembre de 2020, y el artículo 2 del Decreto núm. 626-20, del 10 de noviembre de 2020, que designaron a Iván Emilio de Jesús Ogando Lora, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en el Reino de Bélgica y embajador, jefe de la Misión de la República Dominicana ante la Unión Europea, respectivamente.
ARTÍCULO 11. Se deroga el Decreto núm. 221-13, del 6 de agosto de 2013, que designó a Larissa Veloz Santana, ministra consejera, encargada de Asuntos Consulares en la Embajada de la República Dominicana en la República Argentina.
ARTÍCULO 12. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.