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Decreto núm. 565-2024

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Dec. núm. 565-24 que nombra a los señores María del Pilar Cañas López, Alexis Isaac Jiménez González, Edgar de Jesús Batista Carrasco y Luis Gregorio Madera Sued, viceministros en varias áreas del Ministerio de la Presidencia. Modifica el artículo 3 del Decreto núm. 405-24. Deroga el artículo 2 del Decreto núm. 330-20, así como el Decreto núm. 701-22. G. O. No. 11169 del 15 de octubre de 2024.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 565-24

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto del 2012. Orgánica de la Administración Pública.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTICULO 1. María del Pilar Cañas López, queda designada viceministra de Relaciones Institucionales del Ministerio de la Presidencia.

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ARTICULO 2. Alexis Isaac Jiménez González, queda designado viceministro de Desarrollo Social del Ministerio de la Presidencia.

ARTÍCULO 3. Edgar de Jesús Batista Carrasco, queda designado viceministro de Agenda Digital del Ministerio de la Presidencia.

ARTÍCULO 4. Se modifica el artículo 3 del Decreto núm. 405-24, del 29 de julio de 2024, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:

“ARTICULO 3. Luis Gregorio Madera Sued, queda designado viceministro de Seguimiento y Coordinación Gubernamental del Ministerio de la Presidencia”.

ARTÍCULO 5. Se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 330-20, del 16 de agosto de 2020, renunciante.

ARTÍCULO 6. Se deroga el Decreto núm. 701-22, del 22 de noviembre de 2022.

ARTÍCULO 7. Envíese al Ministerio de la Presidencia, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.