Decreto núm. 446-2024¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 446
- Año: 2024
- Título detectado: que designa cuatro ministros consejeros y un consejero en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores. Deroga los decretos que nombraron varios ministros consejeros, consejeros, un auxiliar de embajada, primeros y segundos secretarios y un vicecónsul de la República en Boston, Estados Unidos de América. G. O. No. 11162 del 20 de agosto de 2024
- Fecha: 19/08/2024
- Gaceta oficial: 11162
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 446-24 que designa cuatro ministros consejeros y un consejero en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores. Deroga los decretos que nombraron varios ministros consejeros, consejeros, un auxiliar de embajada, primeros y segundos secretarios y un vicecónsul de la República en Boston, Estados Unidos de América. G. O. No. 11162 del 20 de agosto de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 446-24
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. María Paola Alexandra Caamaño Acevedo queda designada ministra consejera en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 2. Carolina Peguero Fernández queda designada ministra consejera en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 3. Freddy Espinosa Mireles queda designado ministro consejero en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 4. Dolores Margarita Cedeño Pérez queda designada ministra consejera en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 5. Caren Caamaño Acevedo queda designada consejera en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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ARTÍCULO 6. Se derogan el artículo 2 del Decreto núm. 501-08, del 9 de septiembre de 2008, y el Decreto núm. 550-08, del 15 de septiembre de 2008, que designaron a María Paola Caamaño Acevedo, ministra consejera en la Embajada de la República Dominicana en la República de Panamá
ARTÍCULO 7. Se derogan el Decreto núm. 344-11, del 2 de junio de 2011; el Decreto núm. 297-14, del 14 de agosto de 2014, y el Decreto 313-14, del 28 de agosto de 2014, que designaron a Carolina Peguero Fernández, consejera en la Embajada de la República Dominicana en los Estados Unidos de América; ministra consejera en la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y otras Organizaciones Económicas Internacionales, respectivamente.
ARTÍCULO 8. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 40-19, del 23 de enero de 2019, que designó a Freddy Espinosa Mireles, ministro consejero en la Embajada de la República Dominicana en los Estados Unidos Mexicanos.
ARTÍCULO 9. Se derogan el artículo 2 del Decreto núm. 226-98, del 24 de junio de 1998; el artículo 3 del Decreto 302-99, del 13 de julio de 1999; el artículo 12 del Decreto núm. 552-00, del 22 de agosto de 2000, y el artículo 1 del Decreto núm. 266-15, del 16 de septiembre de 2015, que designaron a Dolores Margarita Cedeño Pérez, ministra consejera, asistente del Viceministerio de Política Exterior; ministra consejera adscrita al servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores; ministra consejera en la Embajada de la República Dominicana en Italia y ministra consejera en la Embajada de la República Dominicana en la Santa Sede, respectivamente.
ARTÍCULO 10. Se deroga el artículo 5 del Decreto núm. 335-09, del 28 de abril de 2009, que designó a Caren Caamaño Acevedo, consejera en la Embajada de la República Dominicana en Cuba.
ARTÍCULO 11. Se derogan el artículo 2 del Decreto núm. 732-09, del 5 de octubre de 2009, y el artículo 5 del Decreto núm. 404-21, del 2 de julio de 2021, que designaron a Juana Piña, auxiliar en la Embajada de la República Dominicana en la Santa Sede, pensionada.
ARTÍCULO 12. Se derogan el artículo 5 del Decreto núm. 511-20, del 29 de septiembre de 2020; el artículo 6 del Decreto núm. 580-20, del 22 de octubre de 2020, y el artículo 15 del Decreto núm. 598-20, del 2 de noviembre de 2020, relativos a la designación de Nelson Miguel Almánzar Souffront, primer secretario en la Embajada de la República Dominicana en la República Argentina.
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ARTÍCULO 13. Se deroga el artículo 28 del Decreto núm. 268-22, del 27 de mayo de 2022, que designó a Cheyenne Bueno Gómez, segunda secretaria en la Embajada de la República Dominicana en los Estados Unidos de América.
ARTÍCULO 14. Se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 55-19, del 7 de febrero de 2019, que designó a Joan Alemany Núñez, consejero en la Embajada de la República Dominicana en el Reino Unido.
ARTÍCULO 15. Se deroga el Decreto núm. 141-18, del 28 de marzo de 2018, que designó a Soraya Alicia Arbaje Cervantes, primera secretaria en la Embajada de la República Dominicana en los Estados Unidos de América.
ARTÍCULO 16. Se deroga el Decreto núm. 294-18, del 2 de agosto de 2018, que designó a José Ramón Santana Santana, consejero en la Embajada de la República Dominicana en la Santa Sede.
ARTÍCULO 17. Se derogan el artículo 2 del Decreto núm. 315-04, del 7 de abril de 2004, y el artículo 1 del Decreto núm. 574-09, del 10 de agosto de 2009, que designaron a Yanet Gutiérrez Batista, asistente y primera secretaria en la Embajada de la República Dominicana en Canadá, respectivamente.
ARTÍCULO 18. Se derogan el artículo 1 Decreto núm. 396-10, del 3 de agosto de 2010, y el artículo 40 del Decreto 599-20, del 2 de noviembre de 2020, que designaron a Luis Gustavo Estrella Espínola, ministro consejero en la Embajada de la República Dominicana en Panamá y vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Boston, Massachussets, Estados Unidos de América, respectivamente.
ARTÍCULO 19. Queda sin efecto cualquier traslado administrativo relacionado a las designaciones derogadas por el presente decreto.
ARTÍCULO 20. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
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