Decreto núm. 376-2024¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 376
- Año: 2024
- Título detectado: que modifica el numeral 9 del artículo 1 del Decreto núm. 305-16, que declaró de utilidad pública e interés social varias porciones de terrenos en distintos municipios del país para ser utilizadas en edificaciones escolares. G. O. No. 11156 del 15 de julio de 2024
- Fecha: 12/07/2024
- Gaceta oficial: 11156
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 376-24 que modifica el numeral 9 del artículo 1 del Decreto núm. 305-16, que declaró de utilidad pública e interés social varias porciones de terrenos en distintos municipios del país para ser utilizadas en edificaciones escolares. G. O. No. 11156 del 15 de julio de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 376-24
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943.
VISTO: El Decreto núm. 305-16, del 17 de octubre de 2016, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
VISTA: El oficio remitido por el Ministerio de Educación núm. MINERD-DESP.2007, del 1 de julio de 2024.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO
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ARTÍCULO 1. Se modifica el numeral 9 del artículo 1 del Decreto núm. 305-16, del 1 de julio de 2024, para que se lea de la manera siguiente:
“Una porción de terreno con una superficie de siete mil setecientos ochenta y cuatro metros cuadrados con veintinueve decímetros cuadrados (7,784.29 m²), dentro del ámbito de la parcela núm. 194-C, del distrito catastral núm. 8, ubicada en el municipio San Cristóbal, provincia San Cristóbal, amparada en la constancia anotada, matrícula núm. 1800031997, registrada bajo el libro núm. 211, folio núm. 41, emitida por el Registro de Títulos de San Cristóbal, a favor del señor Héctor Rojas Canaán.”
ARTÍCULO 2. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos de San Cristóbal y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.