Decreto núm. 345-2024¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 345
- Año: 2024
- Título detectado: que modifica el numeral 3 del artículo 1 del Decreto núm. 384-13. Declara de utilidad pública una porción de terreno de 6,604.21 metros cuadrados en Laguna Salada, municipio Valverde, la cual fue destinada originalmente a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 11155 del 29 de junio de 2024
- Fecha: 21/06/2024
- Gaceta oficial: 11155
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3402251&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3402251&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
8fee3e703d797bec4ecfe02b105730c088914e3b92a1e1c31b4afad183d59b4b - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 345-24 que modifica el numeral 3 del artículo 1 del Decreto núm. 384-13. Declara de utilidad pública una porción de terreno de 6,604.21 metros cuadrados en Laguna Salada, municipio Valverde, la cual fue destinada originalmente a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 11155 del 29 de junio de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 345-24
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943.
VISTO: El Decreto núm. 384-13, del 24 de diciembre de 2013, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se modifica el numeral 3 del artículo 1 del Decreto núm. 384-13, del 24 de diciembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
- La parcela con la designación catastral núm. 217794477037, con una extensión superficial de 6,604.21 m2, amparada en el certificado de título matrícula núm. 0800018482, ubicada en el municipio Laguna Salada, provincia Valverde, emitido a favor de Lucrecia Altagracia Muñoz Espinal, Juan Feliberto Ramos Espinal, Juan Román Ramos Muñoz, Olivia Mercedes Ramos Muñoz, Olivia Mercedes Ramos Muñoz, Ludovina Altagracia Ramos Muñoz, José Antonio Ramos Muñoz, Ygnacia Adelaida Mercedes Ramos Muñoz de Domínguez, Luis Alberto Nicolás Ramos Muñoz y Dolores Yocelin Ramos Muñoz de Echavarría, por el registrador de títulos de Mao.
ARTÍCULO 2. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos de Mao y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún ( 21 ) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.