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Decreto núm. 272-2024

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Dec. núm. 272-24 que autoriza al capitán de navío Juan Carlos Holguín Terrero, ARD, DEMN, agregado de defensa, militar, naval, aéreo y policial de la embajada de nuestro país en la República Popular China, para que pueda aceptar y usar la condecoración ”Medalla al Mérito de la Orden de la Asociación de Agregados Militares Latinoamericanos, en el Grado Gran Estrella”, otorgada por el Consejo de la Orden de la Medalla de la Asociación de Agregados Militares de Latinoamérica, acreditada en la República Popular China. G. O. No. 11149 del 15 de mayo de 2024.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 272-24

VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.

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VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.

VISTA: La comunicación núm. 16575, del 18 de abril de 2024, del teniente general Carlos Luciano Díaz Morfa, ERD, ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República.

VISTA: La comunicación núm. 0433, del 19 de abril de 2024, del mayor general Jimmy Arias Grullón, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO 1. Se autoriza al capitán de navío Juan Carlos Holguín Terrero, ARD, DEMN, agregado de defensa, militar, naval, aéreo y policial de la Embajada de la República Dominicana en la República Popular China, para que pueda aceptar y usar la Condecoración “Medalla al Mérito de la Orden de la Asociación de Agregados Militares Latinoamericanos en el Grado Gran Estrella”, otorgada por el Consejo de la Orden de la Medalla de la Asociación de Agregados Militares de Latinoamérica, acreditada en la República Popular China.

ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024); año 181 de la Independencia y 161 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.