Decreto núm. 077-2024¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 077
- Año: 2024
- Título detectado: que modifica el artículo 3 del Decreto núm. 276-21, modificado a su vez por el Decreto núm. 391-22, para que la autorización dada en el referido decreto, se extienda hasta el día 16 de agosto de 2024. Mantiene vigentes las demás disposiciones contenidas en el Decreto núm. 276-21. G. O. No. 11142 del 16 de febrero de 2024
- Fecha: 07/02/2024
- Gaceta oficial: 11142
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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23721fdb259e7cb0775195109a16e01b6ab7d7708a0965c96892933355460b87 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 77-24 que modifica el artículo 3 del Decreto núm. 276-21, modificado a su vez por el Decreto núm. 391-22, para que la autorización dada en el referido decreto, se extienda hasta el día 16 de agosto de 2024. Mantiene vigentes las demás disposiciones contenidas en el Decreto núm. 276-21. G. O. No. 11142 del 16 de febrero de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 77-24
CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo declaró de emergencia las compras y contrataciones para el diseño, construcción y equipamiento de un sistema de verja perimetral inteligente en el Trazado Fronterizo República Dominicana – República de Haití, mediante el Decreto núm. 276- 21, del 26 de abril 2021, en virtud de las disposiciones contenidas en la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 1 del Decreto núm. 391-22, del 15 de julio de 2022, se extendió por un periodo de doce (12) meses la declaratoria de compras y contrataciones de emergencia por seguridad nacional para el diseño, construcción y equipamiento de un sistema de verja perimetral inteligente en el Trazado Fronterizo República Dominicana-República de Haití.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana, núm. 139-13, del 13 de septiembre de 2013.
VISTA: La Ley núm. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, y sus modificaciones.
VISTO: El Decreto núm. 315-06, del 28 de julio de 2006, que crea e integra el Consejo Nacional de Seguridad.
VISTA: La Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, núm. 200-04, del 28 de julio de 2004.
Página 2 del PDF¶
VISTO: El Decreto núm. 391-22, del 15 de julio de año 2022, que modifica el artículo 3 del Dec. núm. 276-21, que extiende por un periodo de doce (12) meses la declaratoria de compras y contrataciones de emergencia por seguridad nacional para el diseño, construcción y equipamiento de un sistema de verja perimetral inteligente en el Trazado Fronterizo República Dominicana- República de Haití.
VISTO: El Decreto núm. 276-21, del 26 de abril de año 2021, que declara de emergencia la compra y contrataciones para el diseño, construcción y equipamiento de un sistema de verja perimetral inteligente en el Trazado Fronterizo República Dominicana-República de Haití.
VISTO: El Decreto núm. 543-12, del 6 de septiembre de 2012, que establece el Reglamento de aplicación de la Ley núm. 340-06, del 6 de septiembre de 2012.
VISTO: El Decreto núm. 189-07, del 3 de abril de 2007, sobre directiva de Seguridad y Defensa Nacional.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se modifica el artículo 3, del Decreto núm. 276-21, del 26 de abril de 2021, modificado a sus vez por el Decreto 391-22, del 15 de julio de 2022, para que la autorización dada en el referido decreto, se extienda hasta el día 16 de agosto de 2024, a partir de la emisión del presente decreto.
Artículo 2. Las demás disposiciones contenidas en el Decreto núm. 276-21, del 26 de abril de 2021, mantienen su vigencia.
Artículo 3. Envíese al Ministerio de Defensa (MIDE), a la Dirección General de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y ejecución.
Artículo 4. Envíese al Ministerio de Defensa (MIDE), a la Dirección General de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.