Decreto núm. 646-2023¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 646
- Año: 2023
- Título detectado: que excluye de la expropiación efectuada mediante el artículo 1, numeral 5, del Decreto núm. 209-18, dos porciones de terrenos ubicadas en la provincia San Cristóbal, propiedad de los señores Samuel Elías y Felipe Antonio Montás Villanueva, las cuales serían destinadas a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 11138 del 29 de diciembre de 2023
- Fecha: 19/12/2023
- Gaceta oficial: 11138
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3401672&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3401672&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
e358a131bf5eab8c71489ae90f0fe1f521fbb17bb3bd01c06998aaec5ae2d8fd - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 646-23 que excluye de la expropiación efectuada mediante el artículo 1, numeral 5, del Decreto núm. 209-18, dos porciones de terrenos ubicadas en la provincia San Cristóbal, propiedad de los señores Samuel Elías y Felipe Antonio Montás Villanueva, las cuales serían destinadas a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 11138 del 29 de diciembre de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 646-23
VISTO: El Decreto núm. 209-18, del 29 de mayo de 2018, que declara de utilidad pública e interés social varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares.
VISTO: El oficio núm. MINERD-2446, del 4 de diciembre de 2023, remitido por el ministro de Educación, mediante el cual solicita la exclusión de la declaratoria de utilidad pública.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, que establece un Procedimiento Especial para las expropiaciones intentadas por el Estado, del 29 de julio de 1943.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante el artículo 1, numeral 5, del Decreto núm. 209-18, del 29 de mayo de 2018, las porciones de terrenos que se detallan a continuación:
Parcela Superficie m2 Municipio / Provincia Propietario 308344285834 11,499.82 San Cristóbal Samuel Elías Montas Villanueva 308344380249 10,500.17 Felipe Antonio Montas Villanueva
ARTÍCULO 2. Envíese al registrador de títulos de San Cristóbal y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.