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Decreto núm. 617-2023

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Dec. núm. 617-23 que modifica el artículo 2 del Decreto núm. 585-23, modificado por los decretos números 587-23 y 601-23, para incluir al Ministerio de Cultura al listado de instituciones indicado en el mismo como numeral 36. G. O. No. 11131 del 15 de diciembre de 2023.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 617-23

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, y sus modificaciones, del 18 de agosto de 2006.

VISTO: El Decreto núm. 543-12, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 34006, del 6 de septiembre de 2012.

VISTO: El Decreto núm. 585-23 de! 18 de noviembre de 2023.

VISTO: El Decreto núm. 587-23 del 19 de noviembre de 2023.

VISTO: El Decreto núm. 601-23 del 24 de noviembre de 2023.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se modifica e! artículo 2 del Decreto núm. 585-23, del 18 de noviembre de 2023, modificado por los decretos números 587-23, del 19 de noviembre de 2023, y 601-23, del 24 de noviembre de 2023, para incluir al Ministerio de Cultura al listado de instituciones indicado en el mismo como numeral 36.

ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 16 i de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.