Decreto núm. 487-2023¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 487
- Año: 2023
- Título detectado: que autoriza al coronel paracaidista Ulises Vianney Guzmán Reyes, FARD, para que pueda aceptar y usar la “Medalla Especial y el Cintillo de la Junta Interamericana de Defensa, con grado de Distinción de una Estrella Dorada”, otorgada por la Organización de los Estados Americanos. G. O. No. 11124 del 13 de octubre de 2023
- Fecha: 09/10/2023
- Gaceta oficial: 11124
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 487-23 que autoriza al coronel paracaidista Ulises Vianney Guzmán Reyes, FARD, para que pueda aceptar y usar la “Medalla Especial y el Cintillo de la Junta Interamericana de Defensa, con grado de Distinción de una Estrella Dorada”, otorgada por la Organización de los Estados Americanos. G. O. No. 11124 del 13 de octubre de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 487-23
VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
VISTO: El oficio núm. 38386, del 12 de agosto de 2023, del teniente general Carlos Luciano Díaz Morfa, ERD, Ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República.
VISTO: El oficio núm. 0787, del 14 de agosto de 2023, del general de brigada Jimmy Arias Grullón, ERD, jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al coronel paracaidista Ulises Vianney Guzmán Reyes, FARD, para que pueda aceptar y usar la “Medalla Especial y el Cintillo de la Junta Interamericana de Defensa, con grado de Distinción de una Estrella Dorada”, condecoración otorgada por la Organización de los Estados Americanos, Junta Interamericana de Defensa.
ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.