Decreto núm. 464-2023¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 464
- Año: 2023
- Título detectado: que concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón, en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, a la honorable señora Yolanda Azuara Ferreriro, embajadora, representante de la Organización de Estados Americanos en nuestro país. G. O. No. 11122 del 29 de septiembre de 2023
- Fecha: 29/09/2023
- Gaceta oficial: 11122
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 464-23 que concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón, en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, a la honorable señora Yolanda Azuara Ferreriro, embajadora, representante de la Organización de Estados Americanos en nuestro país. G. O. No. 11122 del 29 de septiembre de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 464-23
CONSIDERANDO: Que la honorable señora Yolanda Azuara Ferreiro, embajadora, representante de la Organización de Estados Americanos (OEA) en República Dominicana, ha impulsado proyectos e iniciativas a favor de la sociedad dominicana a través de su excelente gestión.
CONSIDERANDO: Que la señora Azuara Ferreiro, ha promovido y coordinado importantes programas que han contribuido de manera positiva en República Dominicana, en el ámbito de desarrollo humano, en los sectores de gobernabilidad, sostenibilidad ambiental y resiliencia, así como en el sector privado.
VISTA: La Ley núm. 1352, del 23 de julio de 1937, que crea la Orden Heráldica de Cristóbal Colón.
OÍDO: El parecer del Consejo de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
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DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón, en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, a la honorable señora Yolanda Azuara Ferreriro, embajadora, representante de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en República Dominicana.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
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