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Decreto núm. 433-2023

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Dec. núm. 433-23 que nombra seis (6) embajadores extraordinarios y plenipotenciarios de la República en varios países. Deroga los decretos núm. 618-21, 400-22, el artículo 1 del Dec. núm. 29-23 y el Dec. núm. 117-23, así como el artículo 2 del Dec. núm. 578-20. G. O. No. 11121 del 20 de septiembre de 2023.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 433-23

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Renso Antonio Herrera Franco, queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en los Emiratos Árabes Unidos.

ARTÍCULO 2. Julio Simón Castaños Zouain, queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República del Paraguay.

ARTÍCULO 3. Ángela Marianna Vigliotta Mella, queda designada embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en la República de Austria.

ARTÍCULO 4. Erika Ylonca Álvarez Rodríguez, queda designada embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en la República de Sudáfrica.

ARTÍCULO 5. Alejandro Arias Zarzuela, queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la Federación de Rusia.

ARTÍCULO 6. César Florentino de Jesús Herrera Díaz, queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República del Perú.

ARTÍCULO 7. Se deroga el artículo 6 del Decreto núm. 626-20, del 10 de noviembre de 2020, que designó a Julio Simón Castaños Zouain, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en los Emiratos Árabes Unidos.

ARTÍCULO 8. Se derogan el Decreto núm. 618-21, del 30 de septiembre de 2021; el Decreto núm. 400-22, del 20 de julio de 2022; el artículo 1 del Decreto núm. 29-23, del 7 de febrero de 2023, y el Decreto núm. 117-23, del 17 de marzo de 2023, que designaron a Julio Simón Castaños Zouain, embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en el Reino de Arabia Saudita, en la República Democrática Federal de Etiopía, en el Reino de Bahréin y en la República de Seychelles, respectivamente.

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ARTÍCULO 9. Se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 578-20, del 21 de octubre de 2020, que designó a Alejandro Arias Zarzuela, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República del Perú.

ARTÍCULO 10. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.