Decreto núm. 354-2023¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 354
- Año: 2023
- Título detectado: que autoriza al Ministerio de Defensa y sus dependencias a cubrir de los fondos presupuestarios, los viajes, pasajes, hospedajes, boletos aéreos, seguro de viaje y viáticos que sus miembros generen a través de cursos y misiones oficiales, conferencias, seminarios, capacitaciones y entrenamientos en operaciones de inteligencia. El Ministerio de Defensa y sus dependencias quedan excluidos del cumplimiento del artículo 6, del Decreto núm. 6-23. G. O. No. 11117 del 15 de agosto de 2023
- Fecha: 10/08/2023
- Gaceta oficial: 11117
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3401183&managementType=1
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- Hash SHA256 del PDF:
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Texto¶
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Dec. núm. 354-23 que autoriza al Ministerio de Defensa y sus dependencias a cubrir de los fondos presupuestarios, los viajes, pasajes, hospedajes, boletos aéreos, seguro de viaje y viáticos que sus miembros generen a través de cursos y misiones oficiales, conferencias, seminarios, capacitaciones y entrenamientos en operaciones de inteligencia. El Ministerio de Defensa y sus dependencias quedan excluidos del cumplimiento del artículo 6, del Decreto núm. 6-23. G. O. No. 11117 del 15 de agosto de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 354-23
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTO: El Decreto núm. 6-23, del 16 de enero de 2023, de racionalización de componentes importantes del gasto público por medio de la aplicación y cumplimiento de un conjunto de medidas administrativas.
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ministerio de Defensa y sus dependencias a cubrir de los fondos presupuestarios, los viajes, pasajes, hospedajes, boletos aéreos, seguro de viaje y viáticos que sus miembros generen a través de cursos y misiones oficiales, conferencias, seminarios, capacitaciones y entrenamientos en operaciones de inteligencia.
ARTÍCULO 2. El Ministerio de Defensa y sus dependencias quedan excluidos del cumplimiento del artículo 6, del Decreto núm. 6-23, del 16 de enero de 2023, de racionalización de componentes importantes del gasto público por medio de la aplicación y cumplimiento de un conjunto de medidas administrativas.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio Administrativo de la Presidencia y al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de agosto del año dos mil veintitrés (2023), año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.