Decreto núm. 308-2023¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 308
- Año: 2023
- Título detectado: que designa a Frank Hans Dannenberg Castellanos embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en Canadá. Deroga los decretos que lo nombraron embajador extraordinario y plenipotenciario de la República en varios países. G. O. No. 11114 del 17 de julio de 2023
- Fecha: 12/07/2023
- Gaceta oficial: 11114
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3401092&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3401092&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
8b530abd2502d2f5aa7396d91781df2eed06b8e5ca7e32ecdbec3b0615586411 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 308-23 que designa a Frank Hans Dannenberg Castellanos embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en Canadá. Deroga los decretos que lo nombraron embajador extraordinario y plenipotenciario de la República en varios países. G. O. No. 11114 del 17 de julio de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 308-23
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Frank Hans Dannenberg Castellanos queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en Canadá.
ARTÍCULO 2. Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 578-20, del 21 de octubre de 2020, que designó a Frank Hans Dannenberg como embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la Federación de Rusia.
ARTÍCULO 3. Se derogan el artículo 1 del Decreto núm. 374-21, del 14 de junio de 2021; el artículo 3 del Decreto núm. 374-21, del 14 de junio de 2021; el artículo 1 del Decreto núm. 424-21, del 7 de julio de 2021; el artículo 2 del Decreto núm. 540-21, del 3 de septiembre de 2021; el artículo 1 del Decreto núm. 556-21, del 8 de septiembre de 2021; el artículo 5 del Decreto núm. 630-21, del 8 de octubre de 2021; el artículo 1 del Decreto núm. 5-22, del 11 de enero de 2022 y, el artículo 2 del Decreto núm. 204-22, del 27 de abril de 2022; que designaron a Frank Hans Dannenberg Castellanos, embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en la República de Kazajstán, en la República de Armenia, en la República de Bielorrusia, en la República de Kirguistán, en la República de Uzbekistán, en el Estado de Mongolia, en la República de Moldavia y, en la República de Tayikistán, con sede en la Federación Rusa, respectivamente.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.