Decreto núm. 298-2023¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 298
- Año: 2023
- Título detectado: que concede el beneficio de la incorporación a varias cooperativas. G. O. No. 11112 del 10 de julio de 2023
- Fecha: 07/07/2023
- Gaceta oficial: 11112
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 298-23 que concede el beneficio de la incorporación a varias cooperativas. G. O. No. 11112 del 10 de julio de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 298-23
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples 7 Dimensione (7DIMENSIONECOOP), con domicilio en la calle Duarte esquina María Trinidad Sánchez, No.38, distrito nacional, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día cuatro (04) del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Oviedo (COOPAGO), con domicilio en la calle General Arache No.24, municipio Oviedo, provincia Pedernales, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día ocho (08) del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria de Producción, Orgánica y Servicios Múltiples de Carrasco (COOPAPRO), con domicilio en la calle 4 No.02, municipio Rio San Juan, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día cinco (05) del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Bahía Escocesa, San José de Matanzas (COOPBAESA), con domicilio en la carretera Nagua Km 3, Matancitas, distrito municipal San José de Matanzas, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día quince (15) del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022).
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Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Extractores de Yeso, otros Minerales La Cemajagua Canoa (COOPCECA), con domicilio en la calle Rosa Duarte No.34, Buenos Aires del Yeso, municipio Vicente Noble, provincia Barahona, República Dominicana; cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día doce (12) del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo de Productores de Peces y Servicios Múltiples Amor y Fe del Naranjo (COOPENARANJO), con domicilio en la Carretera Nagua-Sánchez Km.17, No.36, El Naranjo, Distrito Municipal San José de Matanzas, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día dieciocho (18) del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Emprendedores Hoteleros del Este (COOPHERTE), con domicilio en la calle Teófilo Guerrero del Rosario No.77, municipio Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día veinte (20) del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de la Iglesia Apostólica y Misionera (COOPIAM), con domicilio en la calle 34 esquina 21 No.79, Villas Agrícolas, distrito nacional, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día veintiocho (28) del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples, Integral Grafica (COOPINGRAF), con domicilio en la calle Mariano Núñez No.11, Bayona, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día ocho (08) del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Integral del Sur (COOPINTESUR), con domicilio en la carretera Paraíso-Barahona, municipio Paraíso, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día siete (07) del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Villa Magante (COOPVILLAMAGANTE), con domicilio en la calle principal No.19, La Yagua, Villa Magante, municipio Gaspar Hernández, provincia Espaillat, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día veinticinco (25) del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
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Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de los Trabajadores de Villa Monte Llano (VILLAMONCOOP), con domicilio en la calle principal esquina Papo No.25, municipio Monte Llano, provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día doce (12) del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Campesinos Los Block de Mena Abajo (COOPABLOCKMENA), con domicilio en la calle Luis Fine Octa No.10, Distrito Municipal Mena Abajo, municipio Tamayo, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general Constitutiva celebrada el día nueve (09) del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Detallistas Unidos (COOPENADU), con domicilio en la autopista Duarte Km. 22, municipio Pedro Brand, provincia Santo Domingo, República Dominicana; cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día dieciséis (16) del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 15. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Promujer (COOP-PROMUJER), con domicilio en la calle 2, Manzana 3, Edificio 1ro, residencial José Contreras, Honduras del Norte, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día dieciocho (18) del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 16. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples La Romana (COOP-ROMANA), con domicilio en la calle Gastón Fernández Deligne No.64, municipio La Romana, provincia La Romana, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día veintisiete (27) del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 17. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Socios Empresariales (COOPSOEM), con domicilio en la calle Juan Vásquez No.30, Los Minas, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día dieciséis (16) del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
Artículo 18. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Arca de la Alianza (COOPARCALIANZA), con domicilio en la calle Francisco del Rosario Sánchez No.16, Los Guandules, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día tres (03) del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
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Artículo 19. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Atrévete (COOPATREVETE), con domicilio en la calle Rafael Estévez No.34, segundo nivel, Urbanización Las Colinas, Municipio Santiago de los caballeros, provincia Santiago, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día once (11) del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 20. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Ganadero de Villa Jaragua (COOPGAVIJA), con domicilio en la calle Fernando Méndez No.12, Palmar, municipio Villa Jaragua, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día veinte (20) del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 21. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples, Reproducción y Genética Pecuaria (COOPGENETICA), con domicilio en la calle Sanabacoa No.36, Los Cacicazgos, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el día veinticinco (25) del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Artículo 22. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.