Decreto núm. 278-2023¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 278
- Año: 2023
- Título detectado: que crea la Confederación Deportiva de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, cuyas funciones serán la organización y puesta en práctica de los deportes en esas instituciones. Modifica el artículo 1 del Decreto núm. 3081 del año 1968. G. O. No. 11111 del 30 de junio de 2023
- Fecha: 30/06/2023
- Gaceta oficial: 11111
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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c17646cedb799c5fcd2578a8b3c632f16cf295173c008e56c56302955cc9158c - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. núm. 278-23 que crea la Confederación Deportiva de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, cuyas funciones serán la organización y puesta en práctica de los deportes en esas instituciones. Modifica el artículo 1 del Decreto núm. 3081 del año 1968. G. O. No. 11111 del 30 de junio de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 278-23
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 139-13, del 13 de septiembre de 2013, Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana.
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VISTA: La Ley núm. 590-16, del 15 de julio de 2016, Orgánica de la Policía Nacional.
VISTO: El Decreto núm. 3081, del 10 de diciembre de 1968, que crea el Círculo Deportivo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, y su modificación mediante el Decreto núm. 412-98, del 27 de octubre de 1998.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 1 del Decreto núm. 3081, del 10 de diciembre de 1968, para que en lo adelante se lea de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1. Se crea la Confederación Deportiva de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional (CONFEDFAPNRD), cuyas funciones serán la organización y puesta en práctica de los deportes en las Fuerzas Armadas y en la Policía Nacional”.
ARTÍCULO 2. La Confederación Deportiva de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional llevará como lema “La Hermandad a través del Deporte”.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Defensa, a la Dirección General de la Policía Nacional y al Ministerio de Deportes y Recreación para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.