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Decreto núm. 170-2023

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Dec. núm.170-23 que excluye de la expropiación efectuada mediante Decreto núm.1508- 04, en su artículo 1, dos porciones de terrenos, las cuales serían destinadas al Centro Universitario Regional de Santiago, de la Universidad Autónoma de Santo Domingo. G. O. No. 11106 del 29 de abril de 2023.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 170-23

VISTO: El Decreto núm. 1508-04, del 16 de noviembre de 2004, que declaró de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terreno en el municipio Santiago de los Caballeros, para ser destinadas al Centro Universitario Regional de Santiago (CURSA), de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).

VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 1508-04, del 16 de septiembre de 2004, artículo 1, las parcelas que se detallan a continuación:

Designación catastral Superficie Matrícula Provincia Propietario 311499275121 225.00 nr 0200077140 Santiago Enemencio Teodoro Pérez Pérez 311499276082 210.89 m2 0200085620

Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Santiago y a la Dirección General de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y I 80 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.