Decreto núm. 129-2023¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 129
- Año: 2023
- Título detectado: que autoriza al vicealmirante, ARD, José Manuel Cabrera Ulloa, presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas, a aceptar y usar la condecoración “Caballero de la Orden Nacional de la Legión de Honor”, otorgada por el gobierno de la República Francesa. G. O. No. 11104 del 31 de marzo de 2023
- Fecha: 23/03/2023
- Gaceta oficial: 11104
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. núm. 129-23 que autoriza al vicealmirante, ARD, José Manuel Cabrera Ulloa, presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas, a aceptar y usar la condecoración “Caballero de la Orden Nacional de la Legión de Honor”, otorgada por el gobierno de la República Francesa. G. O. No. 11104 del 31 de marzo de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 129-23
VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros, y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
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VISTO: El Reglamento núm. 4157, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, del 4 de febrero de 1947, y sus modificaciones.
VISTA: La comunicación núm. DCEP06388, del 21 de febrero de 2023, suscrita por el señor Roberto Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores, dirigida al señor presidente de la República.
VISTA: La comunicación núm. PR-IN-2023-5615, del 6 de marzo de 2023, suscrita por la señora Lourdes Cecilia Herrera, directora del Despacho Presidencial, dirigida al Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al vicealmirante, ARD, José Manuel Cabrera Ulloa, presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas, aceptar y usar la condecoración “Caballero de la Orden Nacional de la Legión de Honor”, otorgada por el Gobierno de la República Francesa.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Dirección General de Control de Drogas, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023); año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.