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Decreto núm. 038-2023

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Dec. núm. 38-23 que crea el Parque de Zonas Francas Multimodal San Francisco de Jacagua, bajo la administración técnica y operativa de la compañía Parque San Francisco de Jacagua, S.R.L., el cual funcionará en una extensión de terreno de 113,074.67 metros cuadrados, ubicada en el kilómetro 8 de la Av. Circunvalación Norte, municipio Santiago de los Caballeros. G. O. No. 11099 del 20 de febrero de 2023.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 38-23

CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación en diferentes zonas del país, así como la ampliación de las ya existentes, ha contribuido eficazmente a la rehabilitación de la economía de las demarcaciones donde funcionan.

CONSIDERANDO: Que es una tarea prioritaria del Estado dominicano continuar impulsando el desarrollo y crecimiento sostenido de los sectores industriales y de zonas francas en el país.

CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación conocer las diferentes solicitudes de las empresas autorizadas a operar bajo el régimen de incentivos de la Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, sobre el Fomento de Zonas Francas.

CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 8-90, en su artículo 19, acápite a), establece como funciones del Consejo conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación de zonas francas de exportación.

CONSIDERANDO: Que, el 26 de diciembre de 2022, la compañía Parque San Francisco de Jacagua, S.R.L., presentó ante la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, una solicitud para desarrollar y operar un parque de zonas francas, que se denominará Parque Multimodal San Francisco de Jacagua.

CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución núm. 01-23-P, del 18 de enero de 2023, el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación aprobó recomendar al Poder Ejecutivo la instalación del Parque Multimodal San Francisco de Jacagua, a ser desarrollado y operado por la compañía Parque San Francisco de Jacagua, S.R.L., ubicado en el kilómetro 8 de la Av. Circunvalación Norte, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República Dominicana.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, sobre Fomento de Zonas Francas.

VISTA: La solicitud formulada por la compañía Parque San Francisco de Jacagua, S.R.L., del 26 de diciembre de 2022.

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VISTA: La Resolución núm. 01-23-P, del 18 de enero de 2023, emitida por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se crea el parque de zonas francas que se denominará Parque Multimodal San Francisco de Jacagua, bajo la administración técnica y operativa de la compañía Parque San Francisco de Jacagua, S.R.L., el cual se beneficiará del régimen de incentivos y obligaciones contenidos en la Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, sobre Fomento de Zonas Francas.

ARTÍCULO 2. El Parque Multimodal San Francisco de Jacagua funcionará en dieciséis (16) porciones de terrenos con un área en conjunto de ciento trece mil setenta y cuatro punto sesenta y siete metros cuadrados (113,074.67 m2), ubicada en el kilómetro 8 de la Av. Circunvalación Norte, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, República Dominicana, correspondiéndoles en conjunto los siguientes linderos:

ARTÍCULO 3. Las empresas que se establezcan en el Parque Multimodal San Francisco de Jacagua, una vez aprobadas por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, se beneficiarán de los incentivos y exenciones contenidas en las leyes, decretos y reglamentos vigentes y de aquellos que pudiesen decretarse en el futuro.

Porción Designación Catastral Área de terreno en (m2) 1 312518483314 2,990.14 2 312518471956 2,041.77 3 312518470636 2,060.59 4 312518379305 2,073.11 5 312518377075 2,081.61 6 312518366755 2,090.81 7 312518365424 2,103.44 8 312518363194 2,112.36 9 312518352874 2,112.83 10 312518351544 2,115.96 11 312518350214 2,123.92 12 312518248848 2,961.51 13 312518148798 2,601.14 14 312518460899 5,643.59 15 312518464371 44,779.33 16 312518440260 33,182.56 TOTAL 113,074.67

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ARTÍCULO 4. Se le otorga poder especial al ministro de Industria, Comercio y Mipymes, para que, en nombre y representación del Estado dominicano, suscriba con la compañía Parque San Francisco de Jacagua, S.R.L., el contrato correspondiente que establezca las condiciones bajo las cuales se desarrollará, operará y regulará las relaciones y manejo de este parque industrial de zona franca de exportación.

ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.