Decreto núm. 760-2022¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 760
- Año: 2022
- Título detectado: que concede la nacionalidad dominicana a título de naturalización ordinaria a varias personas extranjeras. G. O. No. 11094 del 31 de diciembre de 2022
- Fecha: 23/12/2022
- Gaceta oficial: 11094
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3400680&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3400680&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
265011420826291fbe96f2fa6b2bf98d86b1f399e750bd13a7118e356e7b15aa - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 760-22 que concede la nacionalidad dominicana a título de naturalización ordinaria a varias personas extranjeras. G. O. No. 11094 del 31 de diciembre de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 760-22
VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones.
VISTAS: Las instancias números 5435, 5436, 5437, 5438, 5439, 5440, 5441, 5442, 5443,5444, 5445, 5446, 5447, 5448 y 5449, del 10 de noviembre de 2022; 5660, 5661, 5662, 5663, 5664, 5665, 5666, 5667, 5668, 5669, 5670, 5671, del 24 de noviembre de 2022 a que, por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
Página 2 del PDF¶
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:
- Miguel Ángel Ponce Barrera, de nacionalidad salvadoreña. 2. Vitaly Valerievich Achkasov, de nacionalidad rusa. 3. Jorge Enríquez Álvarez Salazar, de nacionalidad cubana. 4. Elianta Guillermina Quintero Cepeda y su hija Estephanía Marcano Quintero, ambas de nacionalidad venezolana. 5. David Gregorio Negueruela Samaniego, de nacionalidad española. 6. Pedro Palomera Carbonell, su esposa María de los Angeles Fort Ruiz y su hija Alba Palomera Fort, todos de nacionalidad española. 7. Camilo Venegas Yero, de nacionalidad cubana. 8. Iriña Petrishcheva, de nacionalidad rusa. 9. Murray Ronald Mitchell, nacionalidad canadiense., 10. Salvador Eduardo Feo la cruz Paz su esposa Astrid Inmaculada Rydelis Bello su hijo Salvador Antonio Feo la cruz Rydelis, y su hija menor Manuela Isabel Feo la Cruz Rydelis, todo de nacionalidad venezolana. 11. Alejandra Sabogal Rivera, de nacionalidad colombiana. 12. Orestes Almaguer Fernández, de nacionalidad cubana. 13. Jacqueline Katherine Moreno Sopa, de nacionalidad ecuatoriana. 14. Edwin Fernando Ramos Ayala, de nacionalidad salvadoreña. 15. Xiomara Ramos Pérez, de nacionalidad cubana. 16. Emilie Justine Amri, de nacionalidad francesa. 17. Didier Victoria Herrera Escorcia, de nacionalidad colombiana. 18. Danina Jean Baptiste, de nacionalidad haitiana. 19. Aimara Vera Riverón, de nacionalidad cubana. 20. Constanza Prieto Rodríguez, de nacionalidad colombiana. 21. Ilominada Pierre y su esposo Abelard Domonf, de nacionalidad haitiana. 22. Olga Lidya Salazar Almanza, de nacionalidad cubana. 23. Marek Maciej Piwowarski, de nacionalidad polaca. 24. Ocaira Josefina Izquiel Rodríguez, de nacionalidad venezolana. 25. Víctor Cabezas Cazañas, de nacionalidad cubana. 26. Pedro Carmona Pérez, su esposa Reina Antónieta Oropeza Rodríguez y su hija Laura Isabel Carmona Oropeza, todos de nacionalidad venezolana. 27. Amado Eusebio Rodríguez Martínez, de nacionalidad cubana. 28. Ignacio Heras Llorente, de nacionalidad española.
ARTICULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.