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Decreto núm. 759-2022

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Dec. núm. 759-22 que excluye de la expropiación efectuada mediante el artículo 1 del

Dec. núm. 7 del 1 de enero del 1974, varias porciones de terrenos en la provincia Samaná, propiedad de Nexus, R.D., S.A. G. O. No. 11094 del 31 de diciembre de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 759-22

VISTO: El Decreto núm. 7, del 26 de agosto de 1974, que declaró de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en la provincia Samaná.

VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

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DECRETO:

Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante el artículo 1 del Decreto núm. 7, del 1 de enero de 1974, las designaciones catastrales que se detallan a continuación:

Designación catastral Superficie Matrícula Provincia Propietario 416253661661 7,242.48 m2 300291032 Samaná Nexus, RD, S. A. 416253740920 12,578.97 m2 300380343

Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Samaná y a la Dirección General de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.