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Decreto núm. 691-2022

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Dec. núm. 691-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. Modifica el artículo 2 del Dec. núm. 393-22, el artículo 4 del Dec. núm. 414-22 y el artículo 1 del Dec. núm. 206-22. G. O. No. 11088 del 23 de noviembre de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 691-22

VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se modifica el artículo 2 del Decreto núm. 393-22, del 20 de julio de 2022, para que se lea y rija de la manera siguiente:

Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Dominicana de Zamoranos (COOPDOMZA), con su domicilio en la calle José Contreras número 99, esquina calle 7, edificio Adonis, apartamento C 61, sector ensanche La Paz, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintiuno (21) de noviembre de 2021.

Artículo 2. Se modifica el artículo 4 del Decreto núm. 474-22, del 19 de agosto de 2022, para que se lea y rija de la manera siguiente:

Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Trabajadores Rurales (COOPTRARURAL), con su domicilio en la calle Juan Erazo, número 14, Villa Juana, Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de noviembre de 2021.

Artículo 3. Se modifica el artículo 1 del Decreto núm. 206-22, del 27 de abril de 2022, para que se lea y rija de la manera siguiente:

Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de la Asociación Agropecuaria Invi San Luis (COOPSANLUIS), con su domicilio en la manzana F, número 12, Invi, San Luis, municipio Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general estatutaria

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ante el Consejo de Directores del IDECOOP. Este órgano aprobó dicho cambio el 16 dieciséis de diciembre de 2021, y aprobaron modificar sus estatutos sociales en asamblea general extraordinaria el veinticuatro (24) de octubre de 2021.

Artículo 4. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.