Decreto núm. 679-2022¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 679
- Año: 2022
- Título detectado: que nombra a Juan Octavio Guiliani Cury y Roxanna Altagracia de los Santos, embajadores adscritos al Ministerio de Relaciones Exteriores. Deroga el
- Fecha: 18/11/2022
- Gaceta oficial: 11088
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 679-22 que nombra a Juan Octavio Guiliani Cury y Roxanna Altagracia de los Santos, embajadores adscritos al Ministerio de Relaciones Exteriores. Deroga el
artículo 2 del Dec. núm. 175-11 y el Dec. núm. 161-10. G. O. No. 11088 del 23 de noviembre de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 679-22
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Juan Octavio Guiliani Cury queda designado embajador en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores. En consecuencia, se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 175-11, del 18 de marzo de 2011, que lo designó embajador itinerante de la República Dominicana ante los países de la Comunidad del Caribe (CARICOM).
Página 2 del PDF¶
ARTÍCULO 2. Roxanna Altagracia de los Santos queda designada embajadora en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores. En consecuencia, se deroga el Decreto núm. 161-10, del 23 de marzo de 2010, que la designó embajadora alterna de la República Dominicana ante las Organizaciones Internacionales con sede en Viena, Austria.
ARTÍCULO 3. Queda sin efecto cualquier traslado administrativo relacionado a las designaciones derogadas por el presente decreto.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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