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Decreto núm. 660-2022

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Dec. núm. 660-22 que concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero, al señor Ramón Victoriano Rodríguez (Negro) Santos. G. O. No. 11086 del 14 de noviembre de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 660-2022

CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del eminente comunicador dominicano, Ramón Rodríguez (Negro) Santos, quien durante su larga carrera sirvió como un lazo permanente entre los dominicanos radicados en el extranjero con su nación de origen., televisando acontecimientos especiales y transcendentales para la comunidad dominicana asentada en los Estados Unidos.

CONSIDERANDO: Que, Ramón Rodríguez (Negro) Santos, en su afán de destacar la dominicanidad, las tradiciones y la cultura dominicana, a través de los medios de comunicación televisados en el extranjero, representa un ejemplo para las generaciones presentes y futuras.

CONSIDERANDO: Que es un deber del Estado reconocer a aquellos ciudadanos que hayan destacado de manera notable en la tarea de resaltar la cultura dominicana y los valores patrios.

CONSIDERANDO: Que Negro Santos destacó como productor del estelar programa «Santo Domingo Invita», donde expuso las bondades y bellezas de la República Dominicana.

CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano, en justo reconocimiento a la trayectoria nacional e internacional del productor Ramón Rodríguez (Negro) Santos, lo hace merecedor de los más altos reconocimientos que concede el Poder Ejecutivo.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 1352, del 26 de julio de 1937, que crea la Orden Heráldica de Cristóbal Colón.

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VISTA: La comunicación PR-IN-2022-19590, del 11 de agosto de 2022.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República dicto el siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración de la Orden al Heráldica de Cristóbal Colón, en el Grado de Caballero, al señor Ramón Victoriano Rodríguez (Negro) Santos.

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022), año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • El encabezado sumario y la metadata oficial usan 660-22, mientras la línea formal del PDF usa la forma larga equivalente 660-2022; ambas formas se conservan para revisión humana.
  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.