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Decreto núm. 657-2022

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Dec. núm. 657-22 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11086 del 14 de noviembre de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 657-22

VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Cebolleros de Azua (COOPASCA), con domicilio en la calle Altagracia, número 19, barrio Ojo de Agua, municipio Sabana Yegua, provincia Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el tres (3) de junio de dos mil veintidós (2022).

Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Metal Mecánico de San Cristóbal (COOPMETALSANCRI), con

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domicilio en la calle Pedro Renville, número 3, Río Piedras, Parque Pisan, municipio San Cristóbal, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el dos (2) de febrero de dos mil veintidós (2022).

Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Transporte Unidos del Sur Don Llu Llu Lara (COOPLLULLULARA), con domicilio en la carretera Sánchez, km. 17, número 1, comunidad Cruce de Ocoa, provincia Peravia, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintidós (22) de junio de dos mil veintidós (2022).

Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Barranquita (COOPBARRANQUITA), con domicilio en la calle principal de la carretera Bacuí, centro comunal Unidos por Barranca, número 00, al lado del colmado Marianny, y frente al colmado Rodríguez, próximo al Play de Barranca, distrito municipal Don Juan Rodríguez, provincia La Vega, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de enero de dos mil veintidós (2022).

Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Nathan Mayer Rothschild (COOPNAMRO), con domicilio en la calle general Gregorio Luperón, manzana 10, sector Haití, municipio San Felipe de Puerto Plata, provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de marzo de dos mil veintidós (2022).

Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Pescadores de Anguilas de la Laguna Grande, Villa Isabela (COOPRAVANLAVI), con domicilio en la calle número 24, proyecto de Laguna Grande, municipio Villa Isabela, provincia Puerto Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de mayo de dos mil veintidós (2022).

Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Consumo y Servicios Múltiples de la Empresa Embutidos Yenny (COOPYENNY), con domicilio en la calle Mella, número 72, municipio Neiba, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el catorce (14) de junio de dos mil veintidós (2022).

Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples La Meseta de Padre Las Casas (COOPMESETA), con domicilio en la calle principal, número 14, sección La Meseta, distrito municipal Las Lagunas, municipio Padre Las Casas, provincia Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el quince (15) de julio de dos mil veintidós (2022).

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Artículo 9. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.