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Decreto núm. 614-2022

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Dec. núm. 614-22 que modifica el artículo 3 del Dec. núm. 301-13, que a su vez modificó el artículo 8 del Dec. núm. 277-13. Dispone que el fideicomiso se apoyará en la Oficina Coordinadora General de Fideicomiso RD-VIAL, que creará el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. G. O. No. 11085 del 31 de octubre de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 614-22

CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 277-13, del 25 de septiembre de 2013, se ordenó la constitución de un Fideicomiso Público e Irrevocable, de Administración, inversión, Operación y Fuente de Pago, a ser denominado ‘‘FIDEICOMISO PARA LA OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPANSIÓN DE LA RED VIAL PRINCIPAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA-RD VIAL” (en lo adelante, FIDEICOMISO RD VIAL), en el marco de las disposiciones de la Ley núm. 189-11, del 16 de julio de 2011. para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana; y del Decreto núm. 95-12, del 2 de marzo de 2012. que establece el Reglamento para regular los aspectos que, en forma complementaria a la Ley núm. 189-11, se requieren para el funcionamiento de la figura del fideicomiso en sus distintas modalidades, y de las demás normas legales complementarias aplicables.

CONSIDERANDO: Que posteriormente, para lograr los objetivos planteados en el referido Decreto núm. 277-13, se requirió modificar algunas de sus disposiciones.

CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo anterior, fue emitido el Decreto núm. 301-13, del 16 de octubre de 2013, que modificó los artículos 4, 7 y 8 del Decreto núm. 277-13, del 25 de septiembre de 2013. y dispuso que "el fideicomiso se apoyará en la Oficina Coordinadora General del FIDEICOMISO RD VIAL que creará el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones dentro de su estructura interna, conforme las normas y procedimientos legales vigentes, con el objeto de realizar, coordinar, fiscalizar y supervisar las labores técnicas y operativas que encargue el Comité Técnico en el marco de sus atribuciones, incluyendo agotar los procedimientos que establecen las normas legales sobre compras y contrataciones públicas”.

CONSIDERANDO: Que, actualmente, para eficientizar las labores que realiza la Oficina Coordinadora General del FIDEICOMISO RD VIAL, se requiere designar mediante decreto a un funcionario que identifique las tareas necesarias para lograr ese cometido a cabalidad.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTO: El Decreto núm. 277-13 del 25 de septiembre de 2013.

VISTO: El Decreto núm. 301-13 del 16 de octubre de 2013.

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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 3 del Decreto núm. 301-13, del 16 de octubre

de 2013, que a su vez modificó el artículo 8, del Decreto núm. 277-13, del 25 de septiembre de 2013, para agregarle un párrafo y que en lo adelante disponga como sigue:

“ARTÍCULO 3. Se modifica el artículo 8 del Decreto 277-13, del 25 de septiembre de 2013. para que en lo adelante se lea como sigue:

ARTÍCULO 8. El fideicomiso se apoyará en la Oficina Coordinadora General del FIDEICOMISO RD VIAL que creará el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones dentro de su estructura interna, conforme a las normas y procedimientos legales vigentes, con el objeto de realizar, coordinar, fiscalizar y supervisar las labores técnicas y operativas que encargue el Comité Técnico en el marco de sus atribuciones, incluyendo agotar los procedimientos que establecen las normas legales sobre compras y contrataciones públicas.

PÁRRAFO: La Oficina Coordinadora General del FIDEICOMISO RD VIAL tendrá un director designado por el Poder Ejecutivo.”

ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán. Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.