Decreto núm. 598-2022¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 598
- Año: 2022
- Título detectado: que concede incorporación a varias cooperativas. Modifica el numeral 2 del artículo 1 del Dec. núm. 698-05 y el artículo 2 del Dec. núm. 534-22, así como el numeral 4 del artículo 1 del Dec. núm. 295-04 y el artículo 3 del citado decreto. núm. 534-22. G. O. No. 11085 del 31 de octubre de 2022
- Fecha: 17/10/2022
- Gaceta oficial: 11085
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3400195&managementType=1
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58d0821c173fd75f714e6a747a0c499b44973a863bdf6ba729597f4a8d4be1ec - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 598-22 que concede incorporación a varias cooperativas. Modifica el numeral 2 del artículo 1 del Dec. núm. 698-05 y el artículo 2 del Dec. núm. 534-22, así como el numeral 4 del artículo 1 del Dec. núm. 295-04 y el artículo 3 del citado decreto. núm. 534-22. G. O. No. 11085 del 31 de octubre de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 598-22
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se modifican el numeral 2 del artículo 1 del Decreto núm. 698-05, del 30 de diciembre de 2005, y el artículo 2 del Decreto núm. 534-22, del 13 de septiembre de 2022, para que se lea y rija de la manera siguiente:
Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Solidaridad Fraterna (COOPSOLFRA), con su domicilio en la calle G, número 28, sector María Auxiliadora, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general extraordinaria celebrada el 31 de enero de 2020.
Artículo 2. Se modifican el numeral 4 del artículo 1 del Decreto núm. 295-04, del 5 de abril de 2004, y el artículo 3 del Decreto núm. 534-22, del 13 de septiembre de 2022, para que se lea y rija de la manera siguiente:
Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Comerciantes y Productores de los Mercados de Santo Domingo (COOPMERSA), con su domicilio en las instalaciones del Merca Santo Domingo, km. 22 de la Autopista Juan Pablo Duarte, distrito municipal La Guáyiga, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general extraordinaria celebrada el 10 de octubre de 2021.
Artículo 3. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.