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Decreto núm. 575-2022

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Dec. núm. 575-22 que modifica el artículo 2 del Dec. núm. 2091 del año 1968. Integra nuevamente el Consejo Nacional de Población y Familia, el cual estará presidido por el ministro de Salud Pública y Asistencia Social. G. O. No. 11084 del 14 de octubre de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 575-22

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTO: El Decreto núm. 2091-20. del 14 de febrero de 1968.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se modifica el artículo 2 del Decreto núm. 2091, que crea el Consejo Nacional de Población y Familia, del 14 de febrero de 1968, para que se lea de la manera siguiente:

Art 2. El Consejo Nacional de Población y Familia constituye la autoridad máxima de planificación poblacional y de familia y estará integrado por los siguientes miembros: El ministro de Salud Pública y Asistencia Social, quien lo presidirá; un

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representante del Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo (MEPyD); un Representante del Ministerio de Educación; un representante del Ministerio de Agricultura; un representante del Ministerio de Trabajo; un representante de la Asociación Dominicana pro Bienestar de la Familia; un director ejecutivo; y un subdirector ejecutivo, designados por el director ejecutivo.

Artículo 2. Envíese al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y al Consejo Nacional de Población y Familia (CONAPOFA), para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.