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Decreto núm. 561-2022

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Dec. núm. 561-22 que concede la nacionalidad dominicana a título de naturalización ordinaria a varias personas extranjeras. Modifica el numeral 9 del artículo 1 del Dec. núm. 173-22. G. O. No. 11082 del 30 de septiembre de 2002.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 561-22

VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones.

VISTAS: Las instancias números 3536, 3537, 3538, 3539, 3886 y 3887, del 10 y 23 de agosto de 2022; y 4164, 4165 y 4166, de septiembre de 2022, que, por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.

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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:

  1. Roblanda José, de nacionalidad haitiana.

  2. Paulo César Jaramillo Rincón, su esposa Mónica Rodríguez Salazar, su hijo Samuel David Jaramillo Rodríguez y su hija, menor de edad, María Isabel Jaramillo Rodríguez, de nacionalidad colombiana.

  3. Gustavo Arturo Santa Quispe, de nacionalidad peruana.

  4. Juan Sebastián Ríos Mendoza, de nacionalidad venezolana.

  5. Valentina Moneada García, de nacionalidad venezolana.

  6. Odlanier Carolina Martínez Hernández, de nacionalidad venezolana.

  7. César Ernesto Castellanos Araujo, de nacionalidad venezolana.

  8. Alberto Barbero y su esposa Franca Mantovani, de nacionalidad italiana.

  9. David José Flores Díaz y su esposa Rubí Grisel Hernández Aquino, de nacionalidad venezolana.

ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 9 del artículo 1 del Decreto núm. 173-22, del 20 de julio de 2002, para que en adelante se lea como sigue:

  1. Anne-Marie Colette Scutt, de nacionalidad haitiana.

ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.