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Decreto núm. 534-2022

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Dec. núm. 534-22 que modifica varios artículos de los decretos núms. 295-04, 698-05, 82-16. Concede incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11081 del 16 de septiembre de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 534-22

VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

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Artículo 1. Se modifica el artículo 2, del Decreto número 698-05 del 30 de diciembre de 2005, para que se lea y rija de la manera siguiente:

Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Solidaridad Fraterna (COOPSOLFRA), con su domicilio en la calle G, número 28, sector María Auxiliadora, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general extraordinaria celebrada el 31 de enero de dos mil veinte (2020).

Artículo 2. Se modifica el artículo 3, del Decreto número 82-16 del 29 de febrero de 2016, para que se lea y rija de la manera siguiente:

Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Retiro Digno (COOPREDI), con su domicilio en la avenida Independencia esquina Rafael Ravelo, plaza de la Seguridad Social de la Policía Nacional, Zona Universitaria, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general extraordinaria celebrada el 31 de mayo de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 3. Se modifica el artículo 4, del Decreto número 295-04, del 5 de abril de 2004, para que se lea y rija de la manera siguiente:

Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Comerciantes y Productores de los Mercados de Santo Domingo (COOPMERSA), con su domicilio en las instalaciones del Merca Santo Domingo, Km. 22 de la autopista Juan Pablo Duarte, del distrito municipal La Guáyiga, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general extraordinaria celebrada el 10 de octubre de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 4. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.