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Decreto núm. 394-2022

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Dec. Núm. 394-22 que autoriza al Ayuntamiento Municipal de Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata a donar a favor del Estado dominicano varias porciones de terrenos. G. O. No. 11077 del 2 de agosto de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 394-22

VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios.

VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación o de terrenos solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional.

VISTO: El literal d) del numeral 3 del artículo 128 de la Constitución de la República, que establece como atribución del presidente de la República, en tanto jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales.

VISTA: La Resolución núm. 09-2022, del 3 de marzo de 2022, del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Sabana Grande de Boyá.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento Municipal Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata, a donar a favor del Estado dominicano los terrenos que se describen a continuación:

Superficie Parcela Matrícula I). C. Provincia/ Municipio Propietario 208,154.00 m2 3 1200014012 05

318,305.00 m2 68 1200014013 05 Monte Plata Distrito municipal (actual municipio) Sabana Grande de Boyá 113,196.00 m2 69 1200014014 05 126,402.00 m2 70 1200014015 05

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176,343.86 m2 71 1200012741 05

10,690.00 m2 72 1200014016 05

ARTÍCULO 2. Envíese al Ayuntamiento de Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata, al Ministerio de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana (LMD), para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.