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Decreto núm. 365-2022

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Dec. núm. 365-22 que excluye de la expropiación efectuada mediante el Dec. núm. 3852 del 6 de septiembre del 1973, la parcela No. 5-A-Ref.-B-1, ubicada en Santo Domingo Norte, que sería destinada a la construcción de un edificio escolar en Santa Cruz, Villa Mella. G. O. No. 11075 del 20 de julio de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 365-22

VISTO: El Decreto núm. 3852, del 6 de septiembre de 1973, que declaró de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, una porción de terreno con una extensión superficial de 6, 288.63 m² dentro de la parcela núm. 5-A-Ref.-B-1, D. C. núm. 3, para ser destinada a la construcción de un edificio escolar en el poblado Santa Cruz, sección Villa Mella, Distrito Nacional.

VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Parcela Superficie D. C. Provincia Propietarios 151-A-2 94.25 m2 7 Santiago Bernardo Santiago Pérez Tavárez e Inginio Alejandro Pérez Almonte

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Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 3852, del 6 de septiembre de 1973, la parcela que se detalla a continuación:

Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Santo Domingo y a la Dirección General de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.