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Decreto núm. 350-2022

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Dec. núm. 350-22 que designa a Héctor José Rizek Sued, miembro-especialista en gestión financiera impositiva y cultural del Consejo Nacional de Mecenazgo, honorifico, por un periodo de dos años. Deroga el artículo 2 del Dec. núm. 332-22. G. O. No. 11075 del 20 de julio de 2022

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 350-22

CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 2 del Decreto núm. 332-22, del 21 de junio de 2022, Alberto Cruz Acosta fue designado en el Consejo Nacional de Mecenazgo (CONME), con carácter honorífico, como miembro-especialista en gestión financiera impositiva y cultural.

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CONSIDERANDO: Que, en ocasión de la segunda sesión del Consejo Nacional de Mecenazgo (CONME), celebrada el 23 de junio de 2022, el señor Alberto Cruz Acosta presentó formal renuncia al cargo de miembro-especialista en gestión financiera impositiva y cultural, por lo que es necesario completar la composición del Consejo.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública.

VISTA: La Ley núm. 340-19, del 17 de julio de 2019, que establece el Régimen de Incentivo y Fomento del Mecenazgo Cultural en la República Dominicana.

VISTO: El Decreto núm. 558-21, del 10 de septiembre de 2021, que aprueba el Reglamento para la Aplicación de la Ley núm. 340-19, que establece el Régimen de Incentivo y Fomento del Mecenazgo Cultural en la República Dominicana.

VISTO: El Decreto núm. 180-22, del 6 de abril de 2022, que nombra miembros especialistas en diversas áreas en el Consejo Nacional de Mecenazgo.

VISTO: El Decreto núm. 332-22, del 21 de junio de 2022, que nombra miembros especialistas en diversas áreas en el Consejo Nacional de Mecenazgo con carácter honorífico.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Héctor José Rizek Sued queda designado como miembro-especialista en gestión financiera impositiva y cultural del Consejo Nacional de Mecenazgo (CONME), con carácter honorífico, en sustitución de Alberto Cruz Acosta, renunciante. En consecuencia, queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 332-22 del 21 de junio de 2022.

ARTÍCULO 2. Esta designación estará vigente por un período de dos años, en virtud de lo dispuesto en el párrafo del artículo 8 de la Ley núm. 340-19, del 17 de julio de 2019, que establece el Régimen de Incentivo y Fomento del Mecenazgo Cultural.

ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Cultura, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.