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Decreto núm. 335-2022

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Dec. núm. 335-22 que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. núm. 114-15,

artículo 1, numerales 1 y 2, varias parcelas ubicadas en la provincia San Pedro de Macorís, que serían utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 11071 del 8 de julio de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 335-22

VISTO: El Decreto núm. 144-15, del 29 de abril de 2015, que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del Estado, de varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para construir edificaciones escolares.

VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 144-15, del

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29 de abril de 2015, artículo 1, numerales 1 y 2, las parcelas que se detallan a continuación:

Parcela Superficie m2 Municipio / Provincia

406493511299 26,002.51

San Pedro de Macorís

406493213616 90,000.33

406493308092 10,001.16

406493058424 378,254.97

Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de San Pedro de Macorís, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.