Decreto núm. 274-2022¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 274
- Año: 2022
- Título detectado: que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. Modifica el numeral 3 del Dec. núm. 142-22. G. O. No. 11067 del 31 de mayo de 2022
- Fecha: 27/05/2022
- Gaceta oficial: 11067
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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8a4ae99b5c005820533f3797906708cb67707dc5ada967e486f6c179db75484b - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 274-22 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. Modifica el numeral 3 del Dec. núm. 142-22. G. O. No. 11067 del 31 de mayo de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 274-22
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
VISTA: La Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
-
Mayra Ángela Altagracia García Jiménez por el de ÁNGELA MAYRA GARCÍA JIMÉNEZ.
-
Se modifica el numeral 3 del Decreto número 142-22, del 24 de marzo de 2022, en lo que respecta a Urbardo Antonio Nuez Reyes por el de Osvaldo Antonio Nuez Reyes, para que en lo adelante se lea y sea correcto lo: Ubardo Antonio Nuez Reyes por el de OSVALDO ANTONIO NUEZ REYES.
-
Rosendo Valenzuela Gerónimo por el de CARL VALENZUELA GERÓNIMO.
-
Pedro Abraham Peña Núñez por el de PEDRO RAMÓN PEÑA NÚÑEZ.
Página 2 del PDF¶
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.