Decreto núm. 260-2022¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 260
- Año: 2022
- Título detectado: que modifica el artículo 1 del Dec. núm. 651 del 16 de febrero del 1971 y el artículo 1 del Dec. núm. 812-21. Concede el beneficio de la incorporación a dos cooperativas. G. O. No. 11067 del 31 de mayo de 2022
- Fecha: 27/05/2022
- Gaceta oficial: 11067
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. núm. 260-22 que modifica el artículo 1 del Dec. núm. 651 del 16 de febrero del 1971 y el artículo 1 del Dec. núm. 812-21. Concede el beneficio de la incorporación a dos cooperativas. G. O. No. 11067 del 31 de mayo de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 260-22
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se modifica el artículo 1, del Decreto número. 651 del 16 de febrero 1971, para que se lea y rija de la manera siguiente:
Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples San Antonio (COOPSANANTONIO), con su domicilio en la avenida Profesor Juan Bosch, número 51, municipio Bonao, provincia Monseñor Nouel, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general estatutaria rectificativa ante el Consejo de Directores del IDECOOP. Este órgano aprobó dicho cambio el 16 de enero de dos mil veintidós (2022).
Artículo 2. Se modifica el artículo 1, del Decreto número. 812-21 del 17 de diciembre 2021, para que se lea y rija de la manera siguiente:
Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de los Munícipes de Bohechío (COOPSEBO), con su domicilio en la calle Trinidad, número 4, municipio Bohechío, provincia San Juan, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general estatutaria rectificativa ante el Consejo de Directores del IDECOOP. Este órgano aprobó dicho cambio el 16 de enero de dos mil veintidós (2022).
Artículo 3. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022); años 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.