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Decreto núm. 198-2022

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Dec. núm. 198-22 que designa al señor Adolfo Antonio Martín Martí Gutiérrez, miembro de la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y Medidas de Salvaguardas por un periodo de 4 años, una vez que haya sido ratificado por el Congreso Nacional, de conformidad con el artículo 85 de la Ley número 1-02. G. O. No. 11065 del 9 de abril de 2022.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 198-22

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 1-02, sobre Prácticas Desleales de Comercio y Medidas de Salvaguardas, del 18 de enero de 2002.

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VISTO: El Decreto núm. 433-17, de fecha 7 de diciembre de 2017, que designó a Milagros Josefina Puello Olivero como miembro de la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardas. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. El señor Adolfo Antonio Martín Martí Gutiérrez queda designado como miembro de la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardas, en sustitución de la señora Milagros Josefina Puello Olivero.

ARTÍCULO 2. El señor Adolfo Antonio Martín Martí Gutiérrez desempeñará las funciones antes descritas por un período de 4 años, una vez haya sido ratificado por el Congreso Nacional, de conformidad con el artículo 85 de la Ley núm. 1-02.

ARTÍCULO 4. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022); año 179 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.