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Decreto núm. 075-2022

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Dec. núm. 75-22 que nombra a Juan Ramón Rosario Contreras, presidente de la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y Medidas de Salvaguardas, y a Esperanza Cabral Rubiera, Greicy Romero Castillo y Omar Ramos Camacho, miembros de la citada comisión.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 75-22

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 1-02, sobre Prácticas Desleales de Comercio y Medidas de Salvaguardas, del 18 de enero de 2002.

VISTO: El Decreto núm. 152-21, que nombra a Juan Ramón Rosario Contreras miembro de la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardas.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Los señores Esperanza Cabral Rubiera, Greicy Romero Castillo y Ornar Ramos Camacho quedan designados como miembros de la Comisión Reguladora de

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Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardas, en sustitución de los señores Paola Vásquez Medina, Cristian Jesús Beltré Tiburcio y Carlos Julio Martínez.

ARTÍCULO 2. Juan Ramón Rosario Contreras designado como miembro de la Comisión por el Decreto núm. 152-21, queda designado presidente de la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardas.

ARTÍCULO 3. Los integrantes designados mediante el presente decreto desempeñarán las funciones antes descritas por un período de 4 años, una vez hayan sido ratificados por el Congreso Nacional, de conformidad con el artículo 85 de la Ley núm. 1-02.

ARTÍCULO 4. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.