Decreto núm. 061-2022¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 061
- Año: 2022
- Título detectado: que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. núm. 118-16 en su artículo 1, numerales 1 y 2, así también como del Dec. núm. 6-14 en su artículo 1, numerales 1, 79 y 95, varias parcelas que serían utilizadas en la construcción de edificaciones escolares en la provincia La Altagracia
- Fecha: 07/02/2022
- Gaceta oficial: 11059
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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f19a1e3fe9ab41ec5d4e8de13b1cef3cf3f4ba4fda6af928d803ec05bc9ef0fa - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. núm. 61-22 que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. núm. 118-16 en su artículo 1, numerales 1 y 2, así también como del Dec. núm. 6-14 en su artículo 1, numerales 1, 79 y 95, varias parcelas que serían utilizadas en la construcción de edificaciones escolares en la provincia La Altagracia.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 61-22
VISTO: El Decreto núm. 6-14, del 30 de enero de 2014, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terreno en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de aulas.
VISTO: El Decreto núm. 118-16, del 29 de febrero de 2016, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
VISTA: La Ley núm. 344 y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
Página 2 del PDF¶
29 de julio de 1943.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 118-16, del 29 de febrero de 2016, en su artículo 1, numerales 1 y 2, así como también el Decreto núm. 6-14, del 30 de enero de 2014, en su artículo 1, numerales 1, 79 y 95, las parcelas que se detallan a continuación:
Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Higüey y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución. Parcela Superficie en m2 Municipio Provincia 502691968311 1,591.52 Higüey La Altagracia 502690958273 984.82 Higüey La Altagracia 503600051225 249.95 Higüey La Altagracia 503600052235 290.32 Higüey La Altagracia 503600051033 324.91 Higüey La Altagracia 502690959093 206.51 Higüey La Altagracia 502690958082 255.85 Higüey La Altagracia 502690947750 233.06 Higüey La Altagracia 502690948761 251.74 Higüey La Altagracia 502690949761 244.34 Higüey La Altagracia 503600040762 248.77 Higüey La Altagracia 503600043775 279.16 Higüey La Altagracia 503600045716 418.51 Higüey La Altagracia 503600042764 236.42 Higüey La Altagracia
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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022), año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.