Saltar a contenido

Decreto núm. 668-2021

Aviso

LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.

Metadata

Texto

Página 1 del PDF

Dec. No. 668-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11042 del 2 de noviembre de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 668-21

VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Guayuyos en Desarrollo (COOPGUADE), con domicilio en la calle principal de Los Guayuyos, número 3, distrito municipal Los Fríos, municipio Padre Las Casas, provincia Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de agosto de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Guayacanal (COOPGUAYACANAL), con domicilio en la calle José Reyes, número 1, en la comunidad de Guayacanal, municipio Pueblo Viejo, provincia Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciocho (18) de agosto de dos mil veintiuno (2021).

Página 2 del PDF


Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Horticultores de Pedernales (COOPHOPE), con domicilio en la calle Profesor Luis Díaz, número 9, La Altagracia, distrito municipal Dr. José Francisco Peña Gómez, provincia Pedernales, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de agosto de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios Múltiples Hortícola del Valle (COOPHORTICOLA), con domicilio en la calle Matilde Viñas, número 39, municipio Constanza, provincia La Vega, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de mayo de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Jean Piaget (COOPIAGET), con domicilio en la calle Juan Sánchez Ramírez, número 36, municipio Maimón, provincia Monseñor Nouel, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciocho (18) de junio de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Pescadores Isla Beata (COOPIBE), con domicilio en la carretera Principal, número 25, distrito municipal Juancho, municipio Oviedo, provincia Pedernales, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciocho (18) de julio de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de la Industrialización del Bambú, Coco y Afines (COOPINBAMCOCO), con domicilio en la calle Principal, número 10, comunidad San Isidro, distrito municipal Juma, provincia Monseñor Nouel, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el nueve (9) de julio de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Piñeros de Sánchez Ramírez (COOPISAR), con domicilio en la calle 16 de Agosto, número 48, municipio Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de julio de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Jóvenes Emprendedores de Bombita (COOPJEB), con domicilio en la calle Principal, número 22, sección Bombita, distrito municipal Canoa, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el quince (15) de julio de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Juan M. Mercedes (COOPJUMME), con domicilio en la calle Manolo

Página 3 del PDF


Tavares Justo, número 2, Villa Esfuerzo, La Toronja, municipio Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el primero (1) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).

Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples La Altagracia 24 de Septiembre (COOPLAESEP24), con domicilio en la calle Las Palmeras, número 3, distrito municipal Palo Alto, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de agosto de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples León Rodríguez (COOPLERO), con domicilio en la carretera principal Las Charcas de Garabito, número 5, El Hatico, distrito municipal Las Zanjas, provincia San Juan de la Maguana, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de agosto de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 15. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de octubre del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.