Decreto núm. 609-2021¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 609
- Año: 2021
- Título detectado: que nombra cinco (5) viceministros y un asesor en el Ministerio de Agricultura. Deroga los artículos 2, 3, 4 y 6 del Dec. No. 426-20. G. O. No. 11038 del 30 de septiembre de 2021
- Fecha: 27/09/2021
- Gaceta oficial: 11038
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 609-21 que nombra cinco (5) viceministros y un asesor en el Ministerio de Agricultura. Deroga los artículos 2, 3, 4 y 6 del Dec. No. 426-20. G. O. No. 11038 del 30 de septiembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 609-21
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Darío Vargas Mena queda designado como viceministro de Extensión y Capacitación Agropecuaria del Ministerio de Agricultura.
ARTÍCULO 2. Eulalio Ramírez Ramírez queda designado como viceministro de Producción Agrícola y Mercadeo del Ministerio de Agricultura.
ARTÍCULO 3. Rafael Antonio Ortiz Quezada queda designado como viceministro de Asuntos Científicos y Tecnológicos del Ministerio de Agricultura.
ARTÍCULO 4. Mirian Estela Guzmán de Tejeda queda designada como viceministra de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura.
ARTÍCULO 5. José Rafael Paulino Rodríguez queda designado como viceministro de Planificación Sectorial Agropecuaria del Ministerio de Agricultura.
ARTÍCULO 6. Faruk Garib Arbaje queda designado asesor del Ministerio de Agricultura.
ARTÍCULO 7. Quedan derogados los artículos 2, 3, 4 y 6 del Decreto núm. 420-20 del 28 de septiembre del año 2020.
ARTÍCULO 8. Envíese al Ministerio de Agricultura para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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