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Decreto núm. 603-2021

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Dec. No. 603-21 que excluye de la expropiación efectuada por el Dec. No. 5-03, una porción de terreno de 600.00 metros cuadrados en Dajabón, R.D., propiedad de Luis Antonio Figueroa. G. O. No. 11038 del 30 de septiembre de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 603-21

VISTO: El Decreto núm. 5-03, del 7 de enero de 2003, que declaró de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, una porción de terreno con una extensión superficial de 150 tareas nacionales dentro de la parcela núm. 38, D. C. núm. 4, del municipio Dajabón.

VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 5-03, del 7 de enero de 2003, la parcela que se detalla a continuación:

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Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Montecristi y a la Dirección General de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno (2021), año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.