Decreto núm. 533-2021¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 533
- Año: 2021
- Título detectado: que ratifica a Teófilo José Abrahán Leo Tabar Manzur, como administrador de la Lotería Nacional, a título honorifico. Crea e integra el Consejo Consultivo de dicha institución, cuyos miembros desempeñaran sus funciones honoríficamente. G. O. No. 11036 del 2 de septiembre de 2021
- Fecha: 28/08/2021
- Gaceta oficial: 11036
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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0de7de3612a16e054702148000e6a1315d9c928411638be835962dbb31e0d2b9 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. No. 533-21 que ratifica a Teófilo José Abrahán Leo Tabar Manzur, como administrador de la Lotería Nacional, a título honorifico. Crea e integra el Consejo Consultivo de dicha institución, cuyos miembros desempeñaran sus funciones honoríficamente. G. O. No. 11036 del 2 de septiembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 533-21
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CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República requiere de manera precisa que la Administración Pública se sujete en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado.
CONSIDERANDO: Que una de las metas de este gobierno es el fortalecimiento de las instituciones públicas, sujetando a los órganos administrativos al parámetro jurídico vigente y en el marco de la deliberación de las ideas en las que se fundamentan, así como la participación activa de la sociedad.
CONSIDERANDO: Que la Lotería Nacional requiere políticas internas claras y definidas, que permitan el desarrollo de la institución, sustentado en los principios ya señalados.
CONSIDERANDO: Que resulta conveniente que para el diseño de estas políticas, así como para el acompañamiento de la institución en el proceso de su implementación, exista un Consejo Consultivo, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de la Administración Pública.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley Orgánica de la Administración Pública, núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012.
VISTO: El Decreto 379-21, de fecha 15 de junio de 2021.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se ratifica a Teófilo José Abrahán Leo Tabar Manzur como administrador de la Lotería Nacional, continuando en el desempeño de sus funciones de manera honorífica.
ARTÍCULO 2. Se crea un Consejo Consultivo, cuyas funciones serán honoríficas, de conformidad con la ley, para brindar asesoría y acompañamiento a las autoridades de la Lotería Nacional, en el diseño de las políticas públicas pertinentes para la mejora de sus procedimientos internos y la prestación de un servicio público eficiente y oportuno. Dicho Consejo estará conformado por:
- Monseñor Francisco Ozoria. 2. Monseñor Jesús Castro. 3. Bernardo Vega. 4. Frank Valdez Mena. 5. Manuel Mora Serrano. 6. Rafael Acevedo. 7. Efrain Castillo.
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- Bienvenido Brito. 9. Juan Batlle. 10. Federico Lalane.
PÁRRAFO. Las labores del Consejo serán coordinadas por el administrador de la Lotería Nacional.
ARTÍCULO 3. Se instruye al Consejo Consultivo a presentar a la presidencia de la República una propuesta para la reforma y modernización de la Lotería Nacional, en un plazo de 90 días a partir de la emisión del presente decreto.
ARTÍCULO 4. Se instruye al Ministerio de Hacienda a que, en un plazo no mayor 30 días a partir de la emisión del presente decreto, presente una propuesta de acuerdo, con la Federación Nacional de Bancas de Lotería (FENABANCA) y cualquier otro beneficiario de los sorteos que actualmente realiza la Lotería Nacional para la banca privada, en el que se establezca una solución definitiva respecto a la transmisión de los mismos.
ARTÍCULO 5. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021), año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.