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Decreto núm. 505-2021

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Dec. No. 505-21 que declara de utilidad pública e interés social, una porción de terreno de 4,800.00 M², del solar No. 18, porción A, del D.C. No. 1, provincia Montecristi, para ser destinada a la ampliación del Alcantarillado Sanitario de Montecristi. G. O. No. 11033 del 23 de agosto de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 505-21

VISTA: La Ley núm. 5994, y sus modificaciones, que crea el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), del 30 de julio de 1962, y su Reglamento.

VISTA: La Ley núm. 344, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se declara de utilidad pública e interés social, para ser destinada a la ampliación del Alcantarillado Sanitario de Montecristi, una porción de terreno de 4,800.00 m² dentro del ámbito del solar 18, porción A, del distrito catastral núm. 01, del municipio y provincia Montecristi, amparada en el certificado de título matricula núm. 3000464959, emitido a favor del señor José Luis Bournigal Mena por el registrador de títulos de Montecristi.

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Artículo 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con el propietario del inmueble afectado, para su traspaso al Estado dominicano, el director ejecutivo del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) realizará todos 1os actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo a las leyes, para obtener la expropiación.

Artículo 3. La porción de terreno declarada de utilidad pública mediante el presente decreto, será pagada con fondos provenientes del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA).

Artículo 4. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión del indicado inmueble, a través del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), a fin de que de inmediato puedan iniciarse los trabajos para la ampliación del Alcantarillado Sanitario de Montecristi, luego de ser cumplidos los requisitos exigidos por la ley.

Artículo 5. Envíese a1 administrador general de Bienes Nacionales, a1 abogado del Estado, al Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) y a1 registrador de títulos de Montecristi, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.