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Decreto núm. 458-2021

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Dec. No. 458-21 que nombra a Laura Virginia Ramona Faxas Vargas de Jorgensen, embajadora extraordinaria y plenipotenciaria, concurrente, de la República en la República de Serbia y en Hungría, con sede en Viena, Austria. Designa cuatro (4) embajadores extraordinarios y plenipotenciarios, concurrentes, de nuestro país en El Cairo, Egipto, Barbados, Ucrania y ante la Misión Permanente en la Organización de las Naciones Unidas. G. O. No. 11027 del 30 de julio de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 458-21

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Laura Virginia Ramona Faxas Vargas de Jorgensen queda designada embajadora extraordinaria y plenipotenciaria, concurrente, de la República Dominicana en la República de Serbia, con sede en Viena, Austria.

ARTÍCULO 2. Manuel Morales Lama queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en la República Argelina Democrática y Popular, con sede en El Cairo, Egipto.

ARTÍCULO 3. Wellington Darío Bencosme Castaños queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en Barbados, con sede en la República de Trinidad y Tobago.

ARTÍCULO 4. Laura Virginia Ramona Faxas Vargas de Jorgensen queda designada embajadora extraordinaria y plenipotenciaria, concurrente, de la República Dominicana en Hungría, con sede en Viena, Austria.

ARTÍCULO 5. José Alfonso Blanco Conde queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en la República de Iraq, con sede en Nueva York, Estados Unidos de América (Misión Permanente ante la Organización de las Naciones Unidas).

ARTÍCULO 6. Francisco A. Caraballo queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario, concurrente, de la República Dominicana en Ucrania, con sede en Berlín, Alemania.

ARTÍCULO 7. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y ejecución.

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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.