Decreto núm. 415-2021¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 415
- Año: 2021
- Título detectado: que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11026 del 19 de julio de 2021
- Fecha: 02/07/2021
- Gaceta oficial: 11026
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. No. 415-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 11026 del 19 de julio de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 415-21
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Servicios Múltiples de Vivienda Memdbr (COOPVISMEMDBR), con domicilio en la carretera Mella, km. 7, Plaza Cheché, Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de mayo dos mil veintiuno (2021).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Vicente Noble (COOPVNBLE), con domicilio en la calle Libertad, número 80, municipio Vicente Noble, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el seis (6) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Los Hijos de Yahveh (COOPYAHVEH), con domicilio en la calle Los Trobadores esquina carretera Mella, Plaza Ventura, local segundo, Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros Créditos y Servicios Múltiples Yaque del Sur (COOPYASUR), con domicilio en la avenida Independencia, número 94, provincia San Juan, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Productores de Casabe La Santísima (COOPROCASAN), con domicilio en la calle Sotero Blanc, número 16, Loma de Cabrera, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
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Artículo 6. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Innovación y Estilo (COOPROSIES), con domicilio en la calle Luis Felipe Vidal, número 33, barrio Simón Stridels, municipio Azua, provincia Azua de Compostela, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dos (2) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 7. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Crecimiento Social (CRESCOOP), con domicilio en Las Terrenas, provincia Samaná, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el seis (6) de septiembre de dos mil veinte (2020).
Artículo 8. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Estilistas de Dajabón (ESTIDACOOP), con domicilio en la avenida Martin Juferman, número 10, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de mayo dos mil veintiuno (2021).
Artículo 9. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Farmacias de Dajabón (FARMACOOP), con domicilio en la calle Dulce de Jesús Senfleur, número 56, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cuatro (4) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 10. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Fundación (FUNDACIONCOOP), con domicilio en la calle Arzobispo Nouel, número 6, municipio Fundación, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 11. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de los Comerciantes de Hatillo (HATILLOCOOP), con domicilio en la calle Porfirio Mateo, número 6, Hatillo, provincia San Cristóbal, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el cinco (5) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 12. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Mella Fanny (MEFAHITCOOP), con domicilio en el paraje La Luisa Prieta, calle Principal No. 54, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 13. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros Créditos y Servicios Múltiples en Beneficio y Apoyo Novedoso a Mipymes (MIPYMESBANCOOP), con domicilio en la calle Gustavo Mejía Ricart, Vip Plaza, Santo
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Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 14. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Miguel Núñez Flores (MIRESCOOP), con domicilio en la calle Principal, número 32, paraje El Siete, Peralvillo, Yamasá, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 15. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Porcicultores Fronterizos (PORCICOOP), con domicilio en la calle Principal, barrio La Mina, frente del Play, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Artículo 16. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros Créditos y Servicios Múltiples de los Psicólogos (PSICOOP), con domicilio en la avenida Bolívar, número 809, primer nivel, La Esperilla, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Artículo 17. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Sol (SOLCOOP), con domicilio en la calle Capotillo número 10, Las Malvinas, municipio Neyba, provincia Bahoruco, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 18. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Unidos para Vencer (UNIVENCOOP), con domicilio en la calle Las Mercedes, número 3, Sabana Yegua, provincia Azua de Compostela, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 19. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Unión y Fuerza Campo Verde (UNIVERCOOP), con domicilio en el barrio Los Guandules, calle Principal, número 10, municipio Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 20. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Nino Martínez (COOPNIMA), con domicilio en la calle Principal número 1, provincia Dajabón, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el quince (15) de abril de dos mil veinte (2020).
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Artículo 21. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Pescadores Rio Isabela Mar Caribe (COOPRIMAC), con domicilio en la calle Héctor J. Pérez, número 50, Brisa Isabela, La Zurza, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el tres (3) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 22. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Villa Poppy (COOPROVIPO), con domicilio en la calle Principal, Villa Poppy, municipio Constanza, provincia La Vega, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 23. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Nuevas Alternativas San Antonio de Padua (COOPNUALSAO), con domicilio en la calle Principal parte atrás número 1, comunidad San Antonio de Padua, provincia Azua de Compostela, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintiocho (28) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 24. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Micros, Pequeños y Medianos Empresarios La Oriental (COOPORIENTAL), con domicilio en la autopista de San Isidro #558, 2do nivel, Santo Domingo Este, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintinueve (29) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 25. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples Jehová Roca y Minerales (COOPROCSERJEROCMI), con domicilio en Santa Cruz, provincia Barahona, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 26. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Alto de Yano (COOPYANO), con domicilio en la calle principal número 20, Peralvillo, Yamasá, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el treinta (30) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Artículo 27. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Los Guineos (GUINECOOP), con domicilio en la calle principal número 12, Peralvillo, Yamasá, provincia Monte Plata, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el treinta (30) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
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Artículo 28. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.